viernes, 5 de abril de 2013

Información sobre modificaciones en las condiciones de trabajo

Ante las consultas que estamos recibiendo en el Comité de Empresa de Tragsatec Madrid por parte de los trabajadores y trabajadoras en relación a irregularidades en las condiciones de trabajo individuales y colectivas, queremos recordar lo siguiente:

Vacaciones
La ley establece que los periodos de disfrute de las vacaciones se fijarán de mutuo acuerdo entre empresario y trabajador, de conformidad a lo establecido en contrato individual o convenio de mayor rango, en nuestro caso Acuerdo de Homologación. Este establece en su art. 5, entre otras condiciones, que las vacaciones estarán comprendidas como norma general entre el 15 de junio y el 15 de septiembre y podrán fraccionarse en 6 períodos al año. Por tanto la empresa no puede imponer vacaciones fuera de este periodo, fuera de él deberán ser consentidas por el trabajador, y dentro del mismo deberán acordarse entre las partes, en caso de no alcanzarse, la fijación de las fechas las determinará la jurisdicción de orden social, mediante un procedimiento urgente cuya decisión no es recurrible.
Si la dirección de la empresa adujera la necesidad de modificar los periodos de disfrute de las vacaciones para atender el servicio, debe justificarlo ante la representación de los trabajadores y llegar a un acuerdo con ella en la forma de acometer esa necesidad. A fecha de hoy no hemos tenido esa comunicación ni petición.
Si te sientes presionado para tomar las vacaciones fuera de tus intereses y de la reglamentación acude a tus representantes.

Cambios de jornada y horario
La jornada y horario de trabajo está acordado por la representación social y la dirección en el Acuerdo de Homologación y plasmado en el Calendario laboral de los centros de trabajo.
Cualquier modificación sustancial de la jornada y de la distribución del tiempo de trabajo de manera colectiva tendrá que ser acordada con la representación social. En el caso de modificación sustancial individual, si no hay acuerdo con el trabajador, deberá ser comunicado con 15 días de antelación al propio trabajador y a la representación social.

Desplazamientos a campo
El acuerdo de homologación recoge en el punto VIII del artículo 5 el siguiente apartado en lo relativo a los desplazamientos a campo:

“La distribución de la jornada para el personal que desarrollan su actividad laboral en el campo se adecuará a las necesidades del servicio, computándose como tiempo efectivo de trabajo el empleado en el desplazamiento desde su centro de trabajo hasta el lugar dónde desarrolla su actividad, así como la carga de trabajo administrativo, que será incluida dentro del cómputo de la jornada laboral semanal.”

En caso de que no fuera así, supondría modificación sustancial de la jornada y de la distribución del tiempo de trabajo que de manera colectiva tendría que ser acordada con la representación social. En el caso de modificación sustancial individual, si no hay acuerdo con el trabajador, debería ser comunicado con 15 días de antelación al propio trabajador y a la representación social.

Reasignación de códigos de proyecto
Se ha detectado que se están produciendo modificaciones en los partes horarios y se están cambiando las horas imputadas a proyectos de “personal de baja ocupación”, aquellos cuyo código empieza por “OT.IMPUT”, en muchas ocasiones sin el consentimiento y a espaldas del trabajador.
Recomendamos a los trabajadores y trabajadoras que conserven una copia impresa del parte de cada mes, que revisen el histórico propio de partes horarios para comprobar si se han modificado sus imputaciones y, en este caso, que pidan explicaciones por escrito a sus responsables. Este hecho podría vulnerar la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Según todo esto, sacamos la conclusión de que se está dibujando un escenario de intimidación por lo que te animamos a estar pendiente de tus derechos y de hacerlos cumplir. Te recordamos el marco legislativo:
Si se han modificado tus condiciones de trabajo en estos aspectos o en algún otro y esto te supone estrés o ansiedad laboral ponte en contacto con tus representantes sindicales.

¡La situación actual nos afecta a todos y todas!
Cuanto más firmes seamos en la defensa de nuestros derechos menos impacto causarán los recortes sobre los trabajadores y trabajadoras
¡¡DEFIENDE TUS DERECHOS!!

Madrid, 5 de abril de 2013

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